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Escrito por Dr. Jimmy Barranco V.
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Thursday, 08 de July de 2010 |
Los mensajes "bajo en sal", "muy bajo en sodio" o "sin sal", frecuentes en muchos productos elaborados como jamón cocido, pechuga de pavo, queso, galletas, panes y biscotes, entre otros, no se podrán incluir de cualquier manera ni en cualquier alimento. El actual Reglamento europeo 1924/2006, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las "declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos", que entró en vigor hace poco más de un año, define muy claramente qué declaraciones pueden incluir las etiquetas y la publicidad de los alimentos que hagan referencia a un menor o un nulo contenido en sal o en sodio.
Así, atendiendo a las condiciones del nuevo reglamento sólo podrán incluir el mensaje "bajo contenido en sodio" aquellos productos con un contenido máximo de 0,12 gramos de sodio/100 gramos (sólidos) o 100 ml (líquidos) o su equivalente en sal. De la misma manera, el mensaje "muy bajo contenido en sal/sodio" estará relegado a aquellos productos que aporten máximo 0,04 gramos de sodio/100 gramos (sólidos) o 100 ml (líquidos), o su equivalente en sal. Serán sólo los productos que incluyan como máximo 0,005 gramos de sodio/100 gramos (sólidos) o 100 ml (líquidos), o su equivalente en sal, los que pueden hacer la publicidad de que su producto es "sin sal/sodio". Fuente: www.consumer.es/web/es/alimentacion/aprender_a_comer_bien/enfermedad/2008/07/29/178837.php Imagen: Ramon Gonzalez |